LEGISLACIÓN

En forma de decretos y leyes, existe legislación vigente que los empleadores de  empresas periodísticas deben respetar en relación a sus trabajadores, ya sea en ámbitos gráficos, radiales, televisivos o digitales. También se incluyen los administrativos de cada empresa.

En este apartado se pueden encontrar horarios de trabajo, acuerdos salariales y de horas extras, regímenes de vacaciones y diversos encuadramientos de toda la actividad laboral, para que cada trabajador tenga conocimiento y lo utilice como herramienta de protección en su labor diaria.

La Ley 12.908 y modificatorias es la del Estatuto del Periodista Profesional. Es la ley madre que rige nuestro trabajo y base de las paritarias.

El Decreto 541 actualizó las condiciones laborales, pero no reemplaza ni deroga al estatuto profesional que continúa en vigencia con sus aportes y disposiciones que rigen el ámbito de protección para los trabajadores de prensa.

El Decreto 541 es el Convenio Colectivo de Trabajo que luego de muchos años de paritarias inexistentes se logró firmar entre el sindicato madre de nuestra organización (Fatpren) y el organismo que nuclea a todas las empresas periodísticas del país (ADIRA) en 2008; está en vigencia y es el marco que rige las exigencias para los empresarios respecto a nuestra labor y el que encuadra las negociaciones paritarias.

El Decreto 13839 y sus leyes complementarias es el Estatuto que rige a los empleados administrativos que trabajan en empresas periodísticas, que no son empleados de comercio aunque algunas firmas los consignan erróneamente como tales, en un mal encuadramiento del sector.

También se puede acceder desde aquí al convenio de prensa televisada y al convenio de prensa escrita y radial. Ambos establecen marcos específicos pero están enmarcados en la Ley 12. 908 y actualizados por el convenio colectivo de trabajo (541).

El Estatuto del Sindicato de Prensa del Neuquén es la organización interna que nos dimos como trabajadores de prensa en 1970, cuando se creó el sindicato; y el que fue presentado y es reconocido ante los organismos oficiales provinciales y nacionales; en el caso del ministerio de Trabajo.

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